19 May 2020
El Tribunal de menores de Palermo con decreto del 28.04.2020 ha autorizzato un cittadino straniero, padre di tre figli minorenni residenti in Italia, a permanere nel territorio nazionale con un permiso de residencia con una duración de dos años.
El Tribunal, vistos los art. 31 párrafo 3 del decreto legislativo 286/98 y el art. 333 del c.p.c. y 741 párrafo 2 del c.p.c., reconoció cómo el núcleo familiar estaba bien integrado en su contexto de pertenencia y que, por lo tanto, el alejamiento del progenitor habría constituido un motivo de grave perjuicio para los menores, en contraste con la Convención sobre los Derechos del Niño del 20 de noviembre de 1989, así como con el derecho que todo niño tiene a crecer en el ámbito de su propia familia.

